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Mario Godoy

Protección de la intimidad

El fiscal de delitos informáticos de Granada, Francisco Hernández, ha alertado de que las redes sociales y las comunidades virtuales "debilitan el concepto de intimidad", especialmente en el caso de los menores, que exponen información e imágenes sobre su vida personal de forma voluntaria.

Esta práctica produce una "redefinición" del concepto de intimidad y de los delitos que pueden ir aparejados a una posible vulneración de ésta, ha explicado a EFE este experto, que identifica esta situación con la imposibilidad de reclamar en un robo "si la víctima se ha dejado la puerta de su vivienda abierta".

"Existe delito, pero no será igual de grave", ha recordado Hernández, para quien los jóvenes son "conscientes" de la repercusión que tienen las informaciones difundidas a través de Internet, de manera que "miden su grado de popularidad por el número de contactos que tienen".

Sin embargo, considera que es necesario partir de la base de la "sensación de impunidad" que tienen los menores con respecto a la red, ya que piensan que al estar en Internet pueden convertirse en otra persona sin que su actuación tenga consecuencias.

Por eso, el fiscal de delitos informáticos de Granada ha apostado por concienciar a los jóvenes en la idea de que "lo que es ilegal en el mundo real también es ilegal en Internet" así como en establecer "lo que está bien y lo que está mal" sea cual sea el soporte en el que se desarrolle.

"Los padres encuentran una foto de su hija en Internet, pero tras una investigación se determina que la imagen fue tomada y enviada de forma voluntaria, lo que hace que, legalmente, no se pueda actuar", pone como ejemplo Hernández para explicar cómo suelen desencadenarse este tipo de casos.

PRIVACIDAD

Además, ha destacado que cuando las redes sociales intentan introducir parámetros de privacidad para hacerse con la propiedad de las imágenes que cuelgan sus usuarios, éstos se revelan y lo consideran una limitación de sus derechos.

A su juicio, esta práctica responde a una "mudanza del mundo real al mundo virtual" que hace que cada vez haya más víctimas potenciales de los delitos informáticos, especialmente cuando el desarrollo de las nuevas tecnologías convierte "un simple teléfono móvil en un ordenador".

Además, ha asegurado que el legislador está "afectado" por la repercusión que tienen este tipo de casos en la sociedad y en los medios de comunicación, de forma que "las penas son mayores en Internet que en la vida real".

De hecho, mantiene que existe una "tendencia al alza" del juez a imponer sanciones más duras a los autores de delitos informáticos que a quienes han tenido esta actuación en la vida real debido a la repercusión que tiene Internet, por lo que ha elogiado la labor del legislador de "compensar entre la vida real y la vida informática".

Hernández es uno de los doce fiscales del Servicio de Criminalidad Informática (SCI), dependiente de la Fiscalía General del Estado, creado en España en abril de 2007.

 

Fuente:http://www.hoytecnologia.com/noticias/

2 comentarios

Miguel Estupiñán -

La privacidad como bien propio de cada persona es un derecho intangible, por lo que cada ser humano lo percibe desde una forma diferente a la del resto, lo que es intimidad para ciertas personas no lo es para otras, partiendo de esta premisa a mi punto de vista no puede existir una violación a la intimidad si la persona que se permite publicar en redes sociales noticias o comentarios, ya sean estos fotos, videos, escritos, etc, lo hace con la responsabilidad de conocer lo que esta publicando, el desconocimiento de la ley no exime a las personas de la pena, en este caso el autor trata a mi modo de ver de crear una responsabilidad ulterior consiente de la gravedad de lo que significa la invasión de la intimidad, pero en el caso de las redes sociales esta no se´ría agravada por los comentarios que en su articulo publica.
Por esto a mi modo de ver el que violentare por medios informaticos la intimidad de otra persona estaría inmerso en un delito penal, más el que revisare información colgada en redes sociales y otros sitios no estaría cometiendo un delito.

Mariapaz Muñoz -

Si bien es cierto que la intimidad es un bien jurídico protegido también lo es el hecho de que este término es subjetivo, es decir el derecho que tenemos las personas a la intimidad puede en cierto grado ser considerado subjetivo ya que es inherente al ser humano y de igual manera este puede variar dependiendo a la concepción de intimidad de cada persona, es este el motivo por el cual el autor expone la diferente afección que podrían causar estos delitos en adolescentes que consienten revelar información personal en redes sociales mediante un planteamiento de lo que está bien o mal para desarrollar conciencia en los mismos, pero de esta manera se estaría recayendo sobre el problema de la subjetividad ya que la percepción del bien y el mal varía de acuerdo a cada persona por lo cual no es posible determinar de manera general este concepto.
Entonces, como se sabe es posible y una realidad la protección jurídica hacia los delitos informáticos pero no es posible mantener un completo control en cuanto a la información que los usuarios de los sistemas están dispuestos a compartir.